Servicio dependiente de Asuntos Sociales
El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla es una prestación, realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual.
Podrán recibir el Servicio de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas y unidades de convivencia que carezcan o tengan mermada la autonomía, temporal o permanentemente, para mantenerse en su medio habitual de vida y que residan en el municipio de Armilla.
El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla tiene como finalidad promover, mantener o restablecer la autonomía personal del individuo y su familia con el fin de facilitarle la permanencia en su medio habitual de vida, evitando situaciones de desarraigo y desintegración social y mejorar la calidad de vida y bienestar de los destinatarios.
1.-El acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla se realizará a través de los Servicios Sociales Comunitarios, primer nivel del Sistema Público de Servicios Sociales, y podrá derivarse de las siguientes actuaciones:
a)Tener reconocida la situación de dependencia, así como haberle sido prescrito el servicio en virtud de los criterios de la presente Orden, como modalidad de intervención adecuada a las necesidades de la persona en la correspondiente resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2.006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en el Decreto 168/2.007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración, y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollen. El acceso derivado de esta situación será directo, tras la aprobación del Programa Individual de Atención. Para su efectividad se estará a lo dispuesto en la normativa relativa a la efectividad de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y en los correspondientes instrumentos de gestión del servicio aprobados por el Ayuntamiento de Armilla.
b)No tener reconocida la situación de dependencia o, teniéndola reconocida, no corresponderle la efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia conforme al calendario establecido en la disposición final primera de la Ley 39/2.006, de 14 de diciembre, y haberle sido prescrito el servicio por los Servicios Sociales Comunitarios conforme a los criterios establecidos por la Orden de 15 de noviembre de 2.007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por los regulados por la presente Ordenanza.
2.-En los casos de extrema y urgente necesidad suficientemente justificada se podrá iniciar la inmediata prestación del servicio, a propuesta de los Servicios Sociales Comunitarios, sin perjuicio de la posterior tramitación del expedien
El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla pretende conseguir los siguientes objetivos:
a)Promover la autonomía personal en el medio habitual, atendiendo las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
b)Prevenir y evitar el internamiento de personas que, con este servicio, puedan permanecer en su medio habitual.
c)Apoyar a las unidades de convivencia con dificultades para afrontar las responsabilidades de la vida diaria.
d)Favorecer el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de vida adecuados.
e)Promover la convivencia de la persona en su grupo de pertenencia y con su entorno comunitario.
f)Favorecer la participación de las personas y de las unidades de convivencia en la vida de la comunidad.
g)Atender situaciones coyunturales de crisis personal o convivencial.
h)Servir como medida de desahogo familiar apoyando a las personas cuidadoras en su relación de cuidado y atención.
El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla comprende las siguientes actuaciones básicas:
1. Actuaciones de carácter doméstico:
Son aquellas actividades y tareas que van dirigidas fundamentalmente al cuidado del domicilio y sus enseres como apoyo a la autonomía personal y de la unidad de convivencia.
Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:
a)Relacionadas con la alimentación:
b)Relacionadas con el vestido:
c)Relacionadas con el mantenimiento de la vivienda:
2. Actuaciones de carácter personal:
Son aquellas actividades y tareas que fundamentalmente recaen sobre las personas usuarias dirigidas a promover y mantener su autonomía personal, a fomentar hábitos adecuados de conducta y a adquirir habilidades básicas, tanto para el desenvolvimiento personal como de la unidad de convivencia, en el domicilio y en su relación con la comunidad.
Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:
a)Relacionadas con la higiene personal:
b)Relacionadas con la alimentación:
c)Relacionadas con la movilidad:
d)Relacionadas con cuidados especiales:
e)De ayuda en la vida familiar y social:
Se excluyen expresamente del Servicio de Ayuda a Domicilio las siguientes actuaciones:
a)La atención a otros miembros de la unidad de convivencia que no hayan sido contemplados en la valoración, propuesta técnica y concesión del servicio.
b)Las actuaciones de carácter sanitario y otras que requieran una cualificación profesional específica.