Servicio de ayuda a domicilio

El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla es una prestación, realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual.

Podrán recibir el Servicio de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas y unidades de convivencia que carezcan o tengan mermada la autonomía, temporal o permanentemente, para mantenerse en su medio habitual de vida y que residan en el municipio de Armilla.

El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla tiene como finalidad promover, mantener o restablecer la autonomía personal del individuo y su familia con el fin de facilitarle la permanencia en su medio habitual de vida, evitando situaciones de desarraigo y desintegración social y mejorar la calidad de vida y bienestar de los destinatarios.

1.-El acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla se realizará a través de los Servicios Sociales Comunitarios, primer nivel del Sistema Público de Servicios Sociales, y podrá derivarse de las siguientes actuaciones:

a)Tener reconocida la situación de dependencia, así como haberle sido prescrito el servicio en virtud de los criterios de la presente Orden, como modalidad de intervención adecuada a las necesidades de la persona en la correspondiente resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2.006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en el Decreto 168/2.007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración, y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollen. El acceso derivado de esta situación será directo, tras la aprobación del Programa Individual de Atención. Para su efectividad se estará a lo dispuesto en la normativa relativa a la efectividad de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y en los correspondientes instrumentos de gestión del servicio aprobados por el Ayuntamiento de Armilla.

b)No tener reconocida la situación de dependencia o, teniéndola reconocida, no corresponderle la efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia conforme al calendario establecido en la disposición final primera de la Ley 39/2.006, de 14 de diciembre, y haberle sido prescrito el servicio por los Servicios Sociales Comunitarios conforme a los criterios establecidos por la Orden de 15 de noviembre de 2.007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por los regulados por la presente Ordenanza. 

2.-En los casos de extrema y urgente necesidad suficientemente justificada se podrá iniciar la inmediata prestación del servicio, a propuesta de los Servicios Sociales Comunitarios, sin perjuicio de la posterior tramitación del expedien

Objetivos

El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla pretende conseguir los siguientes objetivos:

a)Promover la autonomía personal en el medio habitual, atendiendo las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.

b)Prevenir y evitar el internamiento de personas que, con este servicio, puedan permanecer en su medio habitual.

c)Apoyar a las unidades de convivencia con dificultades para afrontar las responsabilidades de la vida diaria.

d)Favorecer el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de vida adecuados.

e)Promover la convivencia de la persona en su grupo de pertenencia y con su entorno comunitario.

f)Favorecer la participación de las personas y de las unidades de convivencia en la vida de la comunidad.

g)Atender situaciones coyunturales de crisis personal o convivencial.

h)Servir como medida de desahogo familiar apoyando a las personas cuidadoras en su relación de cuidado y atención.

Acciones

El Servicio de Ayuda a Domicilio de Armilla comprende las siguientes actuaciones básicas:

1. Actuaciones de carácter doméstico:

Son aquellas actividades y tareas que van dirigidas fundamentalmente al cuidado del domicilio y sus enseres como apoyo a la autonomía personal y de la unidad de convivencia.

Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:

a)Relacionadas con la alimentación:

  1. Preparación de alimentos en el domicilio.
  2. Servicio de comida a domicilio.
  3. Compra de alimentos con cargo a la persona usuaria.

b)Relacionadas con el vestido:

  1. Lavado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.
  2. Repaso y ordenación de ropa.
  3. Planchado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.
  4. Compra de ropa, con cargo a la persona usuaria.

c)Relacionadas con el mantenimiento de la vivienda:

  1. Limpieza cotidiana y general de la vivienda, salvo casos específicos de necesidad en los que dicha tarea será determinada por el personal técnico responsable del servicio.
  2. Pequeñas reparaciones domésticas. En éstas quedarán englobadas aquellas tareas que la persona realizaría por sí misma en condiciones normales y que no son objeto de otras profesiones.

2. Actuaciones de carácter personal:

Son aquellas actividades y tareas que fundamentalmente recaen sobre las personas usuarias dirigidas a promover y mantener su autonomía personal, a fomentar hábitos adecuados de conducta y a adquirir habilidades básicas, tanto para el desenvolvimiento personal como de la unidad de convivencia, en el domicilio y en su relación con la comunidad.

Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:

a)Relacionadas con la higiene personal:

  1. Planificación y educación en hábitos de higiene.
  2. Aseo e higiene personal.
  3. Ayuda en el vestir.

b)Relacionadas con la alimentación:

  1. Ayuda o dar de comer y beber.
  2. Control de la alimentación y educación sobre hábitos alimenticios.

c)Relacionadas con la movilidad:

  1. Ayuda para levantarse y acostarse.
  2. Ayuda para realizar cambios posturales.
  3. Apoyo para la movilidad dentro del hogar.

 

d)Relacionadas con cuidados especiales:

  1. Apoyo en situaciones de incontinencia.
  2. Orientación temporo-espacial.
  3. Control de la administración del tratamiento médico en coordinación con los equipos de salud.
  4. Servicio de vela.

e)De ayuda en la vida familiar y social:

  1. Acompañamiento dentro y fuera del domicilio.
  2. Apoyo a su organización doméstica.
  3. Actividades de ocio dentro del domicilio.
  4. Actividades dirigidas a fomentar la participación en su comunidad y en actividades de ocio y tiempo libre.
  5. Ayuda a la adquisición y desarrollo de habilidades, capacidades y hábitos         personales y de convivencia.

Se excluyen expresamente del Servicio de Ayuda a Domicilio las siguientes actuaciones:

a)La atención a otros miembros de la unidad de convivencia que no hayan sido contemplados en la valoración, propuesta técnica y concesión del servicio.

b)Las actuaciones de carácter sanitario y otras que requieran una cualificación profesional específica.