class user_servicesMenu{ public $query; function makeMenuArray($content,$conf) { $this->query = $GLOBALS['TYPO3_DB']->exec_SELECTquery( "uid, doktype, title, subtitle", "pages", "doktype =114 AND deleted=0 AND hidden=0"); $councils = $this->exec(); $this->query = $GLOBALS['TYPO3_DB']->exec_SELECTquery( "uid, doktype, title, subtitle, mount_pid", "pages", "doktype =116 AND deleted=0 AND hidden=0"); $services = $this->exec(); $this->query = $GLOBALS['TYPO3_DB']->exec_SELECTquery( "uid,pid,doktype, title, subtitle, mount_pid", "pages", "doktype =115 AND deleted=0 AND hidden=0"); $programs = $this->exec(); $councils = $this->setFamily($councils, $services, $programs,"mount_pid"); return $councils; } function setFamily($parentArr, $childArr, $programs, $field){ foreach($childArr as $child){ if(isset($child['mount_pid']) && isset($parentArr[$child['mount_pid']])){ $parentArr[$child['mount_pid']]["_SUB_MENU"][$child['uid']] = $child; } } /*oculto los que tienen servicio asociado*/ foreach($programs as $k=>$child){ if(isset($childArr[$child['pid']]) ){ $programs[$k]["nav_hide"] = 1; } } /*los asocio a su propia concejalia con el nombre de la página padre*/ if( count($programs)>0){ foreach($programs as $k=>$child){ if (empty($parentArr[$child['mount_pid']]["_SUB_MENU"][$child['pid']])){ $parentArr[$child['mount_pid']]["_SUB_MENU"][$child['pid']] = $this->getPage($child['pid']); } $parentArr[$child['mount_pid']]["_SUB_MENU"][$child['pid']]["_SUB_MENU"][$child['uid']] = $child; } } foreach($parentArr as $k => $parent){ if( !is_array( $parent["_SUB_MENU"] ) ){ unset($parentArr[$k]); } } return $parentArr; } function getPage($uid){ $this->query = $GLOBALS['TYPO3_DB']->exec_SELECTquery( "uid, doktype, title, subtitle, mount_pid", "pages", " deleted=0 AND hidden=0 AND uid=$uid"); $arr = $this->exec(); return array_pop($arr); } function getCouncil ($content,$conf){ $_GP = t3lib_div::GPVar($conf['userFunc.']["gpVar"]); $this->query = $GLOBALS['TYPO3_DB']->exec_SELECTquery( "uid,mount_pid", "pages", "doktype IN(116,115) AND uid = ".addslashes($_GP) ); $service = $this->exec(); $conf["userFunc."]["typolink."]["parameter"] = $service[$_GP]["mount_pid"]; return $this->cObj->stdWrap($content, $conf['userFunc.']); ; } function getTitle ($content,$conf){ $_GP = t3lib_div::GPVar($conf['userFunc.']["gpVar"]); $this->query = $GLOBALS['TYPO3_DB']->exec_SELECTquery( "uid,title", "pages", "doktype IN(116,115) AND uid = ".addslashes($_GP) ); $service = $this->exec(); $content= $service[$_GP]["title"]; return $this->cObj->stdWrap($content, $conf['userFunc.']); ; } function exec ($assoc=true, $query=false) { $result = ($query) ? $query : $this->query; $arr=Array(); while ($row = $GLOBALS['TYPO3_DB']->sql_fetch_assoc($result)) $arr[$row["uid"]] = $row; return $arr; } } ?>
Con la entrada en vigor de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, asistimos al reconocimiento de un nuevo derecho subjetivo para la ciudadanía. La Ley configura ahora el llamado Sistema para la Autonomía para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), que se instaura como parte del cuarto pilar del Estado de Bienestar tras el de Salud, el de Educación o el Pensiones.
Las prestaciones de dependencia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) podrán tener la naturaleza de servicios y de prestaciones económicas, teniendo los primeros carácter prioritario.
El Catálogo de Servicios y Prestaciones de Promoción de la Autonomía Personal y de Atención a la Dependencia son los siguientes:
Los Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
Servicio de Teleasistencia.
Servicio de Ayuda a Domicilio:
Servicio de Centro de Día y de Noche:
Servicio de Atención Residencial:
Reconocer un nuevo derecho subjetivo de ciudadanía en el ámbito estatal: el derecho a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, mediante la creación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía:
1.Titularidad del derecho (artículo 5 de la Ley).
2.Reconocimiento de la situación de dependencia.
3.Programa Individual de Atención (PIA).
Podrán ser beneficiarios de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD):
Si bien, podemos hacer referencia a algunas particularidades:
Solicitud, documentación a aportar y lugar de presentación.
La solicitud debe formularse en el modelo aprobado por Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y acompañarse de determinados documentos que exige el propio Decreto y que vendrían a acreditar los requisitos exigidos por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre:
Documento acreditativo de la identidad de la persona interesada y, en su caso, de su representante.
En su caso, documento acreditativo de la representación.
En el supuesto de menores de cinco años, el certificado que acredite el período de residencia deberá venir referido a la persona que ejerza su guarda y custodia.
Lugar de presentación:
Comunicación de la iniciación del procedimiento.
En el caso de que la solicitud esté correctamente cumplimentada y se adjunte la documentación correspondiente, los Servicios Sociales procederán a realizar la comunicación del inicio de procedimiento donde se informarán a los interesados de:
Valoración de la situación de dependencia.
Las personas encargadas de baremar realizarán los reconocimientos y pruebas correspondientes, mediante la aplicación del baremo aprobado por el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril. El baremo valora la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas con capacidad intelectual o con enfermedad mental, así como aquellas otras situaciones en las que las personas puedan tener afectada su capacidad perceptivo-cognitiva. En la valoración de los grados y niveles se consideran las siguientes actividades y tareas de acuerdo con determinados criterios de aplicación:
El grado y nivel de dependencia de la persona interesada se valorará teniendo en cuenta el informe sobre la salud y el informe sobre el entorno en el que viva aquella y, en su caso, las ayudas técnicas, órtesis y prótesis que le hayan sido prescriptas.
Grados y niveles de dependencia:
GRADOS |
PUNTOS |
NIVELES |
PUNTOS |
GRADO I |
25-49
|
NIVEL 1 |
25-39 |
NIVEL 2 |
40-49 |
||
GRADO II |
50-74
|
NIVEL 1 |
50-64 |
NIVEL 2 |
65-74 |
||
GRADO III |
75-100
|
NIVEL 1 |
75-89 |
NIVEL 2 |
90-100 |
Revisión del grado y nivel de dependencia.
El grado y nivel de dependencia podrá ser revisado por las siguientes causas:
La revisión del grado y nivel de dependencia se iniciará a instancia de la persona beneficiaria, de sus representantes, o de oficio o por la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
Elaboración de la Propuesta de P.I.A.
Se procederá a la elaboración de la propuesta siempre que la efectividad del derecho a las prestaciones deba producirse en el año en que se hubiera dictado dicha resolución, conforme al calendario establecido en la disposición final primera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (aplicación progresiva de la Ley):
A efectos de la elaboración del Programa Individual de Atención, los Servicios Sociales Comunitarios realizarán un Informe Social, acreditarán el trámite de consulta previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y propondrán el Programa Individual de Atención de la persona en situación de dependencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 168/2007, de 12 de junio.
Durante la elaboración del Programa Individual de Atención se dará participación a la persona beneficiaria o, en su caso, a su familia o entidades tutelares que representen.
La documentación que se remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social será la siguiente:
Aprobación del Programa Individual de Atención.
La aprobación y notificación a la persona interesada o a sus representantes legales del Programa Individual de Atención deberá producirse en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de recepción de la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia por los Servicios Sociales Comunitarios correspondientes.
La resolución por la que se apruebe el Programa Individual de Atención se notificará a la persona beneficiaria y a sus representantes y se comunicará a los Servicios Sociales Comunitarios correspondientes.
Revisión del Programa Individual de Atención.
El Programa Individual de Atención se revisará por la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de servicios sociales:
Por tanto, existen causas objetivas y tasadas establecidas en la regulación de la revisión del PIA: